El IRPH tras el dictado de la Sentencia del TJUE de 3/03/2020.
Justo antes de que se paralizara nuestro sistema judicial con motivo de la crisis sanitaria del Coronavirus, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resolvió la cuestión prejudicial C-125/2018 que le había sido planteada por el Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona. En su respuesta el TJUE fija los parámetros que han de seguir los tribunales españoles a la hora de estudiar la posible abusividad de la cláusula de IRPH, debiendo ser estos últimos quienes examinen el cumplimiento de dichos parámetros en casa caso concreto.
A pesar de la paralización judicial que durante semanas han sufrido nuestros Juzgados y Tribunales, podemos afirmar que desde el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya han sido más de una decena las sentencias que se han dictado por los tribunales españoles determinando la abusividad del índice IRPH incorporado a las hipotecas por no superar el control de transparencia, acordándose en todas ellas, como consecuencias de la declaración de abusividad, la sustitución de este tipo de interés por el índice Euribor, así como estimando la devolución de las cantidades pagadas de más por los prestatarios durante toda la vida del préstamo.
En López de Castro contamos con profesionales con amplio conocimiento en la materia y llevamos demandando la abusividad de este índice desde el año 2016. Si tu hipoteca se encuentra vinculada al índice de referencia IRPH ponte en contacto con nosotros, estudiaremos sin compromiso las cláusulas abusivas de tu hipoteca y la posible viabilidad de tu reclamación contra tu entidad.
Por María Navarro García. Abogada en López de Castro Abogados.
[box type=»info»] El presente post se ha redactado teniendo en cuenta la normativa vigente al tiempo de publicación del mismo, por lo que se advierte a los lectores sobre su validez una vez pasado un tiempo prudencial.[/box]
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