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Las diferencias entre liquidación laboral, prestación social y factor salarial

A menudo se confunden los términos «liquidación», «prestación social» y «factor salarial» puesto que comparten una relación entre ellos, y con el contrato laboral. López de Castro Abogados, despacho de abogados de Sevilla, te enseña cómo diferenciar un término de otro.

La relación entre los términos y el contrato laboral

En primer lugar, hay que conocer qué implica un contrato laboral. Se trata de un acuerdo de voluntades que existe entre un empleado y un empleador, con la finalidad de llevar a cabo una actividad bajo las directrices de la empresa. Dentro del acuerdo, se detallan aspectos en relación a la prestación del empleado así como otros temas puntuales referidos a la organización. Antes de la firma, en el acuerdo laboral debe quedar detallado la liquidación, en caso de despido, las prestaciones sociales y el factor salarial.

La liquidación laboral

En el ámbito laboral, comprende dos significados. La liquidación puede referirse, por un lado, a la causa de terminación de un contrato o, por otro lado, al pago quincenal o mensual de la nómina de una empresa.

Pago por terminación del contrato

En caso de que la liquidación se deba a la finalización de las actividades laborales del empleado en una empresa, es decir, finalizar la prestación del empleado, este se desvincula totalmente de la organización. Por tanto, el empleador debe liquidar todos los conceptos que acordó con el empleado en el momento de firmar el contrato laboral (vacaciones, prestaciones sociales, salarios pendientes de pago, etc.).

Si la situación de despido o finalización de actividades laborales se diese de forma inmediata e injustificada, la empresa debe cumplir con un pago adicional o indemnización por despido improcedente.

Pago quincenal o mensual

El pago de salarios de forma periódica puede entenderse como liquidación de salarios. Al ser periódico, la empresa debe cumplir con un pago cada dos o cuatro semanas. Queda reconocido como una liquidación de salario puesto que debe pagarse el salario que le corresponde al empleado, según lo reconocido en el contrato laboral, así como las comisiones y horas extra.

Prestación social

El término de prestación social se refiere al pago adicional al salario que se le reconoce al empleado por parte de la empresa o empleador. El pago debe cumplirse de acuerdo con lo establecido en el contrato entre ambas partes, considerando lo establecido en el contrato de trabajo y el servicio que preste el empleado.

La prestación social también puede asociarse con el reconocimiento del empleador al empleado por los ingresos que ha generado este por su buen desempeño o labor. Cada uno de estos reconocimientos se considera en las leyes laborales:

  • Prima de servicios.
  • Cesantías.
  • Vacaciones.

Factor salarial

Es un elemento integrante de la prestación social. El salario se constituye no solo mediante la remuneración ordinaria, fija o variable, sino con todo lo que recibe el empleado en dinero o de manera especial como contraprestación directa de un servicio. Por tanto, puede tratarse de una prima, un sobresueldo, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario u horas extra, entre otros.

Diferencias entre los términos

En general, las diferencias más destacadas entre los diferentes términos podrían quedar resumidas de la siguiente manera:

  • En la liquidación, por ser pagos mensuales o quincenales, el empleado recibe la liquidación de salario de forma periódica. En caso de terminar un contrato, recibe un único pago con motivo de la finalización de las actividades que hasta ahora le vinculaban de alguna manera con la empresa.
  • En la prestación social se abordan pagos adicionales al salario, que son obligatorios dentro del mandato legal y el contrato de trabajo.
  • En el factor salarial, se recogen cúmulos de pagos que integran el salario: horas extra, comisiones y bonificaciones, entre otros.

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Si necesitas ayuda de profesionales para resolver cualquier duda acerca de la liquidación y estos términos, así como cualquier duda sobre el sector laboral, López de Castro Abogados, despacho de abogados de Sevilla, podrá asesorarte a través de su experiencia y especialización. Consúltanos.

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